este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento solo en lo que respecta al ciudadano LUIS DANIEL ARRIOJA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.490.516 en el juicio que por Cobro de prestaciones sociales y demás beneficios laborales han instaurado los Ciudadanos AURA ROSA GUILLEN y LUIS DANIEL ARRIOJA GONZALEZ, venezolanos mayores de edad, cedula de identidad Nros V-12.582.337 y V-17.490.516, respectivamente, contra las personas naturales ciudadana VALENTIN GARCIA, venezolana, mayor de edad, de la cedula de identidad Nro. V-1.878.471 y solidariamente al ciudadano HERNAN GARCIA DUQUE, venezolano, mayor de edad, de la cedula de identidad Nro. V-9.437.327.