Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Decreta la Medida Privativa Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos FRANKLIN JAVIER ISTURIZ BRAVO de la Cedula de Identidad V- V-19.237.590, y OSWALDO ERNESTO VALARINO titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.740.475 por la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE previsto y sancionado en el artículo 44 ordinales 1 y 4 de la Ley Orgánica Para el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las adolescentes K.S y Y.P. Se omite su identificación conforme a lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente).....