Mediante Sentencia Interlocutoria se acuerda la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL conforme a lo dispuesto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 300 numeral 3 del texto adjetivo penal en relación con lo dispuesto en el artículo 46 ejusdem. Se ordena el cese inmediato de las medidas cautelares personales y las medidas de protección y seguridad que pudieran pesar en contra del ciudadano ORLANDO JOSE MEDRANO CHALON, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.791.645, natural de Maturín estado Monagas, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 18-03-1976, de estado civil casado, profesión u oficio Depositario, residenciado en: La Gran Victoria, Zona 3, Bloque D, Apartamento 1-4, Parroquia Los Godos, Municipio Maturín Estado Monagas, Teléfono: 0291-6535759.-