Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículos 25, 32, 361 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara SIN LUGAR la demanda de PRIVACION DE GUARDA Y CUSTODIA intentada por los ciudadanos RANDY RAFAEL CASTELLANO PALACIOS y NIDIA JOSEFINA PALACIOS en contra de la ciudadana LICSI ALIYULIS SILVA ASTUDILLO, ya identificados.