DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA PRESENTE ACCIÓN, por pérdida del interés de las partes para la prosecución de la presente causa, y en consecuencia se declara lo siguiente:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA ACCIÓN incoada por la ciudadana CELANDA JOSEFINA HEREDIA, contra la ciudadana MARUJA HEREDIA, plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Este Tribunal LEVANTA LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, que fue decretada en fecha 18 de febrero de 1986, practicada en fecha 26 de de febrero de 1986 por el Juzgado de Municipio de Palo Negro de la circunscripción judicial del Estado Aragua, participada al Registrador Subalterno del Distrito Mariño (Turmero) del Estado Aragua, hoy en día Registrador Subalterno del Municipio Mariño y Libertador.....