Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto de Amparo interpuesto por el ciudadano JULIO CÉSAR GERDTS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.183.453, domiciliado en la Parcela N° 4, sector N° 1 de la posesión Proindivisa conocida como la Velasquera, jurisdicción del Distrito Zamora del estado Aragua, debidamente asistido por el ciudadano Abogado Raúl Reina Machado, Inpreabogado N° 16.564, contra los ciudadanos LUIS SANTANA GARCIA, JUDITH DE SOLER y JUANA QUINTERO, mayores de edad.
No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.