De la revisión de la actas procesales, se constata que al folio 62, corre inserto auto de fecha 26 de Abril de 2010, mediante el cual se ordena librar boleta de notificación, para que las partes procedan a presentar sus escritos contentivos de los alegatos que consideren convenientes. Mediante diligencia suscrita en fecha 24 de Mayo de 2010, el apoderado actor se da por notificado tácitamente y posteriormente en fecha 02 de Junio de 2010, mediante diligencia cursante al folio 67, se da por notificado el apoderado de la parte querellada, por lo cual el primer día de Despacho siguientes comenzó a transcurrir el lapso para la presentación de los alegatos, cuyos días fueron. 03, 07 y 08 de Junio de 2010, cuyos alegatos únicamente fueron presentados por la parte querellada el segundo día de los tres, que intuye el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: "...Concluído dicho lapso las partes presentarán dentro de los tres días siguientes, los alega.....