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Decisiones del dia 14/07/2010

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : QF-10275 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2010
Procedimiento:
Recurso De Nulidad Funcionarial
Partes:
ENILDA MAGDALENA LÓPEZ SOTO CONTRA EL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO
Resumen:
Siendo ello así, quien aquí decide observa que, desde la fecha en que la ciudadana Enilda Magdalena López Soto, puso su cargo a la órdenes del nuevo Alcalde, por ser el mismo de libre nombramiento y (según lo alegó la propio querellante en su escrito libelar), esto es, desde el 05 de diciembre de 2008, hasta el 23 de noviembre de 2009, fecha en la cual se interpuso el presente recurso ante la Unidad de Recepción y Distribución de documento del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, conforme consta del comprobante de Recepción de un asunto nuevo, el cual riela al folio (dieciocho 18) del presente expediente, operó el lapso de caducidad de tres (03) meses establecido en el tantas veces mencionado artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-AC9902 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2010
Procedimiento:
Querella Con Amparo Cautelar.
Partes:
FRANCISCO JOSÉ RAVELO CONTRA COMISARIO GENERAL (PA) MSC JESÚS DAVID LÓPEZ, COMANDANTE GENERAL DE C.S.O.P.E.A
Resumen:
Visto lo anterior, y en consecuente aplicación de opiniones reiteradas de nuestro máximo tribunal respecto a los requisitos del amparo cautelar en el sentido de que siendo el fumus boni iuris la presunción grave de violación o amenaza de violación del derecho constitucional alegado, el periculum in mora constituiría el elemento determinable por la sola verificación del requisito anterior, pues la circunstancia de que exista presunción grave de violación de un derecho de orden constitucional, el cual por su naturaleza debe ser en forma inmediata, conduce a la convicción de que debe preservarse ipso facto la actualidad de ese derecho, ante el riesgo inminente de causar un perjuicio irreparable en la definitiva a la parte que alega la violación todo lo anterior teniendo en cuenta que el amparo constitucional ejercido conjuntamente con un recurso, en este caso querella funcionarial, sólo comporta una naturaleza "cautelar" y "preventiva" en tal sentido funge en salvaguarda de un derecho con.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-9599 N° Sentencia : Fecha: 14/07/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
YOLANDA VERENZUELA DÍAZ CONTRA MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Asimismo, en virtud de preservar el equilibrio de derechos y obligaciones de las partes, una vez terminada la relación funcionarial, toda vez que es inminente el derecho del recurrente a exigir el pago integro de su acreencia y de la administración de cumplir con su obligación, pagando oportunamente el monto real correspondiente, por cuanto se trata de créditos laborales de exigibilidad inmediata, este Tribunal, ordena practicar una Experticia Complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en los Artículos 249 y 455 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de determinar con exactitud el monto por Concepto de Prestaciones Sociales generados a favor de la recurrente por sus años de servicio prestados para la Administración Publica, cuyos emolumentos deberán ser cancelados por ambas partes, en partes iguales. Así se decide.
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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