Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de EXTINCION DE HIPOTECA interpuesta por el ciudadano OSCAR RODRÍGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.810.508 y de este domicilio, contra los ciudadanos Herederos del ciudadano RAUL ANTONIO ARISTIGUIETA ECHEVERRIA, ciudadanos MARGARITA, GUILLERMO, RAUL ANTONIO y CARMEN ARISTIGUIETA, domiciliados en Edificio Residencias La Estancia, Piso 7, Apartamento 41, de la Población de Charallave. En consecuencia, se declara la Extinción de la Hipoteca que pesa sobre el inmueble constituido una casa quinta con su terreno propio, distinguida la parcela con la letra V-5, de la Manzana marcada con la letra ¿V-, Calle 12, de la Urbanización San Bernardo, ubicada al.....