Seguidamente, la parte demanda ofrece cancelar a la parte demandante la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.25.000,00) haciendo recíprocas concesiones para evitar un eventual juicio, pago que se realizará en un solo pago de la siguiente manera: cheque No. 36129609 Código cuenta cliente No. 0134-0783-50-7831002233 del BANCO BANESCO, de fecha 14 de julio de 2011, por la cantidad de diecisiete mil quinientos bolívares (Bs. 17.500.00) a nombre de ELEODORO UZCÁTEGUI UZCANTEGUI y otro cheque No. 27129608, Código cuenta cliente No. 0134-0783-50-7831002233 del BANCO BANESCO, de fecha 14 de julio de 2011 nombre DENNY CERRUTO 2011 por la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (BS.7.500,00). Por consiguiente, en este acto la parte actora y los apoderados judiciales, manifiestan al Tribunal estar conformes con la suma de dinero propuesta y aceptan el acuerdo de pago en los términos expuestos por la accionada, y declarando que nada más le adeuda la demandada CENTRO AUTO.....