En razón de lo antes expuesto este Juzgado en función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: La remisión del ciudadano sancionado JONATHAN ALEXANDER CABRERA, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 24-09-86, titular de la Cédula de Identidad N ° 25 067 574, al Programa de Libertad Asistida "San José". SEGUNDO: LAS REGLAS DE CONDUCTA que debe observar el sancionado impuestas por el Tribunal de Ejecución, son las siguientes: OBLIGACIONES DE HACER: 1) Continuar con la educación formal, debiendo presentar por ante este Tribunal de Ejecución, constancia de Inscripción, de las notas de cada lapso y de culminación del semestre o año. 2) Inscribirse y cursar estudios de capacitación laboral de acue.....