este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma Sumaria al ciudadano Registrador Civil del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Aragua, estampar la debida nota marginal en El Acta de Defunción, determinada así: "Quien deja 05 hijos de nombres: GABRIELA DEL VALLE, ENDER ALBERTO, ELSA ADRIANA, JONATHAN ALBERTO, DAYANA ALEJANDRA...", siendo lo correcto " "...Quien deja 06 hijos de nombres: GABRIELA DEL VALLE, ENDER ALBERTO, ELSA ADRIANA, JONATHAN ALBERTO, DAYANA ALEJANDRA, y MARIA YSABEL" Expídanse copias certificada de la solicitud y del presente auto que lo provee y remítase a las Autoridades Civiles Competentes. Expídanse Copias Certificadas y Líbrense Oficios.