este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el ciudadano JOSE ANTONIO CATANHO LECA, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil FLETES CATANHO C.A asistido por la abogado Rita Daza y Yolaimy Pineda, inscritas en el inpreabogado bajo el nro. 17.546 y 101.515, respectivamente, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NRO. 235-2014, de fecha: 05 de diciembre de 2014, notificada en fecha 08/06/2015, que acordó el reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano DOUGLAS EMILIO RODIRGUEZ AÑANGUREN, titular de la Cedula de Identidad Nro. 10.098.548, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Lin.....