LA CONFESION FICTA de la parte demandada ciudadano ROBER JOSE CHIRINOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.548.437, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 362 de la Ley Adjetiva Civil, y como consecuencia de ello, CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada en su contra por la ciudadana NORMA JOSEFINA VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-499.805.
Segundo: Como consecuencia del particular anterior SE CONDENA a la parte demandada ciudadano ROBER JOSE CHIRINOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.548.437, a hacer entrega del inmueble arrendado libre de bienes y personas, el cual se encuentra constituido por una casa de dos (02) plantas, ubicada en la calle Bella Vista, No. 47, barrio San Carlos I, Parroquia Pedro José Ovalles de ésta ciudad de Marac.....