D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos: MILEIDY DEL VALLE FREITES SUBERO y MARCOS MARTIN PEÑA OVALLES, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-14.440.625 y V-12.553.621 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 15 de diciembre de 2009; según se evidencia de Acta que corre inserta en los libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui; asentada bajo el N° 748, Tomo VII, Folios 45 al 46., con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia Nº .....