DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA RECONVENCIÓN propuesta por abogado en ejercicio SERAFÍN MAGALLANES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 36.212, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada reconviniente contra la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA ROMERO VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.272.676.
De conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay.....