DISPOSITIVA.
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ALIRIO JOSE SANCHEZ HURTADO y WENDYS MARILIN ACEVEDO MALAVE, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.670.579 y V-12.342.433 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura de del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, asentada bajo el Acta Nº 392, Folios 390 al 391, Tomo B, Año 1990 de los libros de Matrimonios llevados por la referida Prefectura
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio.....