PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada en fecha 21-07-2018, por la Fiscalía 32° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua, en contra de los ciudadanos JHONDER JESUS CABRERA RODRIGUEZ, DARWIN JOSE CABRERA CORTEZ, ANDERSON RAMON CALLES LINARES y EDUAR JOSE VILLA FRANCA ABREU, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en concordancia con el articulo 424 ambos del Código Penal SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes. Asimismo se admite a favor de la Defensa el principio de la comunidad de las Pruebas, a fin de garantizar los Principios de Contradicción, Igualdad y Control de las partes en el juicio oral y público. TERCERO: Admitida la acusación, se impone a los acusados JHONDER JESUS CABRERA RODRIGUEZ, DARWIN JOSE CABRERA CORTEZ, ANDERSON RAMON CALLES .....