PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la detención como FLAGRANTE de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ORDINARIO; de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se acoge la precalificación Fiscal por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 Del Código Penal, LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 concatenado con el 416 Ejusdem, y USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 43 De La Ley Orgánica De Identificación. QUINTO: Se acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 en sus numerales 3º, 8º y 9º del Código Órgano Procesal Penal, consistente: 3º Presentaciones periódicas cada TREINTA (3.....