PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado por ante esta sede judicial el 13 de Diciembre de 2010, por la parte actora ciudadana ROXANA YESENIA APONTE BELISARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-17.273.286, de este domicilio, asistida por la Abogada MARIA ANTONIA ABRAHAM GÓMEZ, Inpreabogado N° 45.787, y el Abogado JESÚS JAVIER VELÁSQUEZ PALERMO, Inpreabogado N° 45.942, Apoderado Judicial de la parte accionada LAS COSAS DEL NIÑO C.A., sociedad mercantil constituida mediante documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 11 de mayo de 1994, bajo el N° 2, Tomo 13-A., por monto total de CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.500,00). Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: SE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: SE ORDENA EL CIERRE Y AR.....