Decisiones del dia 14/12/2010
N° Expediente :
AP31-V-2010-002690
N° Sentencia :
PJ0102010000467
Fecha: 14/12/2010
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: ADMINISTRADORA DOMUS, C. A. VS. MARIBEL PEÑA PIRE
Resumen:
Ahora bien, vistas las actas procesales que conforman la pretensión, así como el desistimiento del procedimiento formulado en fecha 03 de diciembre de 2010, por el abogado MARIBEL PEÑA PIRE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 65.655, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil ADMINISTRADORA DOMUS, C. A., este Tribunal luego de haber verificado el instrumento poder que le fuera otorgado al mencionado abogado, el cual le fue otorgado por ante la Notaria Pública Vigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 01 de noviembre de 2000, anotado bajo el No. 33, tomo 75, de los Libros respectivos, comprueba que el mismo tiene plena facultad para desistir. En consecuencia, y no existiendo presunción alguna que el desistimiento que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa e indirecta derechos a terceros, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a ninguna disposición ex.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
N° Expediente :
AP31-V-2010-003862
N° Sentencia :
Fecha: 14/12/2010
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato
Partes: CIUDADANA YUDELQUIS YUSMIL GONZALEZ RONDON CONTRA EL CIUDADANO LUIS MANUEL COLMENAREZ
Resumen:
En consecuencia, en el caso de marras, se evidencia que se ha producido un quebrantamiento u omisión esencial para la validez del acto, ya que no se fijó el término de la distancia, conforme alo establecido en el artìculo 205 del Código de Procedimiento Civil, por lo que esta juzgadora señala que la nulidad y la consecuente reposición debe prosperar, Y ASI SE DECLARA.-
En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procurando la estabilidad del juicio, ordena lo siguiente:
Declarada la Nulidad de las actuaciones realizadas en el presente expediente de conformidad con lo establecido en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil y repone la causa el estado de nueva admisión de la demanda, la cual se proveerá por auto separado. Y ASI SE DECLARA.
Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
N° Expediente :
AP51-J-2010-014694
N° Sentencia :
PJ0022010000161
Fecha: 14/12/2010
Procedimiento: Curatela
Partes: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, SE OMITEN TODOS AQUELLOS DATOS O INFORMACIONES QUE DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA IDENTIFIQUEN A LOS NIÑOS, NIÑAS O ADOLESCENTES
Resumen:
Este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta de fecha 11 de Octubre de 2010, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADORA AD-HOC, hecha por la ciudadana AIDA JOSEFINA BRAVO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.992.116, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de la adolescente De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes.-
Juez/Ponente:
Rosa Yajaira Caraballo Abreu
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes