Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA el traslado del acusado ARMANDO JOSE ASTUDILLO, titular de la cédula de identidad N° V-13.630.599, ampliamente identificado en actuaciones anteriores; hasta el Sector La Cruz, Calle 02, Casa N° 05 de esta ciudad, residencia de la ciudadana María Chiquinquirá Luzardo, quien se compromete al cuido del mismo, mientras dure su recuperación física; y una vez obtenida esta, DEBERA retornar a la Comandancia General de la Policía de esta Entidad Federal, a fin de que continuar bajo la medida de privación de liberad que le fue acordada en su oportunidad.