Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, por disolución de sindicato, incoada por la sociedad mercantil "FARPLASTIC, C.A.", contra el SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA FARPLASTIC, C.A. (S.I.N.U.T.R.A.F.A.R.). SEGUNDO: Se ordena Oficiar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay, a los fines que cumplidos los requisitos de Ley proceda a la cancelación del registro de la Organización Sindical del Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa Farplastic, C.A (S.I.N.U.T.R.A.F.A.R.), Expediente Numero 043-2012-02-00045, de fecha 03 de julio del 2012, bajo el N° 1.935, Folio 162, Tomo 03 de los Libros de Registro de Organiz.....