En virtud de lo anterior, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD del procedimiento por Calificación de despido instaurado por el YOVANI EUGENIO GARBOZA MUÑOZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-8.733.593, sin representación judicial acreditada en autos, contra la sociedad Mercantil PRODUVISA S.A... Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 15 días del mes de Mayo de 2006. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Jueza,
___________________________
ANGELA MORANA GONZALEZ
.....