DISPOSITIVA.-
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admitió en todas sus partes la presente acusación presentada por la Fiscalia 7º del Ministerio Público, en contra del Ciudadano CRISTHIAN ANDRÉS HERNÁNDEZ, acogiéndose la calificación del delito de HURTO CALIFICADO, conforme a lo previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 1º y 2º del Código Penal.
SEGUNDO: Se admitió en su totalidad las pruebas ofrecidas por la vindicta pública por legales, pertinentes y necesarias.
TERCERO: Vista la admisión de hechos realizadas por el acusado CRISTHIAN ANDRÉS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.721.266, este tribunal procedió a imponer la penalida.....