Se publica sentencia en virtud del uso de la figura de Admisión de los Hechos por parte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA,; este Tribunal lo condena a cumplir una sanción de DOS (02) AÑOS bajo la Medida REGLAS DE CONDUCTA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620, 622 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MARCO ANTONIO HERRERA. Cesan las Medidas cautelares impuestas al imputados en su oportunidad, se ordenó el egreso del adolescente desde la sala del Tribunal de Juicio.