Mediante decisión fundada dictada en esta misma fecha al término de la audiencia preliminar en presencia de las partes intervinientes, fue admitida la acusación interpuesta por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial contra el acusado: EDUARDO JOSE LOPEZ FIGUEROA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en consecuencia, por no haberse acogido al PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, reglado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordenó el pase a juicio oral y público y demás trámites legales consiguientes.