DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confieren los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE de la medida LIBERTAD ASISTIDA, en virtud del cumplimiento total de la misma por parte del ciudadano KENNI ALEXANDER ARRAIZ ACOSTA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 29.900.325, nacido en fecha 09/04/2002, residenciado en BARRIO FRANCISCO DE MIRANDA, CALLE NEGRA MATEA, CASA N° 15-1, SECTOR SANTA RITA, MUNICIPIO LINARES ALCANTARA, ESTADO ARAGUA; SEGUNDO: asimismo por cuanto no existen constancias del cumplimiento de la imposición REGLAS DE CONDUCTA se solicitan las mismas; TERCERO: se acuerda fijar AUDIENCIA IMPOSICIÓN par.....