Se declaró IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada por la Abogada BEATRIZ DELGADO AGUILAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 52.995, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil "FORJAS DE ARAGUA, C.A, que interpuso recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa N° P.A- U.S-AGA-0008-2011, de fecha 05 de abril de 2011, dictada por la ciudadana Lucinda Hernández, Directora de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores con competencia en los Estados Aragua, Guarico y Apure.-