éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: MARIA ALEJANDRA GARCIA APARICIO, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V-19.912.563, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: NOVENTA Y UNO METROS CON DIESINUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (91,19mts2) ubicado en Calle Leopoldo Tosta, Casa Nº5, Sector Centro, parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 11,30 Mts. Con casa que es fue de Humberto José García Aparicio; SUR: En 11,30 Mts. Con casa que es /o fue de Yenitza Alejandra Silva Lara; ESTE: En 8,07Mts. Con Terreno Municipal (Área Común); OESTE: En 8,07Mts. Con casa que es /o fue de Hilda Pérez de, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase