En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado acusado BRAILIN ALEJANDRO CANELO AGUILAR, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-26248095, DIEGO ANTONIO LARA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19949938, JOSE LUIS MONTILLA HERNANDEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19790883 y JOSE JAVIER RAMIREZ ESCALANTE, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-17.677.533, por la comisión del delito de PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del código penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del código penal, y así se decide. SEGU.....