Se dictó resolución mediante la cual este JUEZ DEL JUZGADO DECIMO PRIMERO (11°) DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, y en procura de la Tutela Judicial Efectiva, establecida en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara la nulidad del acta de fecha 27/01/2012, levantada por el secretario de este Despacho; en consecuencia, se repone la presente causa al estado de nueva notificación conforme al procedimiento ordinario contemplado en el artículo 450 y siguientes de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.