Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana NAYLET CRISTINA BIEL MORALES, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-4.600.349, y de este domicilio, actuando en nombre y representación de la Sociedad de Comercio ADMINISTRADORA 59 C.A,
asistida por la abogada CLAUDIA CAROLINA GUANIPA ROSALES, mayor de edad, inpreabogado Nº 80.031 y de éste domicilio, contra la
ciudadana OLIVARES LEON IRAMA, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 7.182.919, en su carácter de arrendataria de un inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el Nº 01, que forma parte del edificio Libertad Norte Nº 27, en Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, Mar.....