esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JULIO CESAR CRUZ MASSO y MARIA GABRIELA GOMEZ MESA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.931.343 y V-10.171.734, respectivamente, contraído por ellos en fecha 03 de noviembre de 2001, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guasimos, Distrito Cárdenas del Estado Táchira.