En virtud a las consideraciones antes expresadas, este Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos Dany José Galvis Cova y Youlin Andreina Ramírez Corro, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.389.758 y V-19.368.269, respectivamente, decretada el 7 de agosto de 2009 y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 8 de diciembre de 2007, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Vargas del Estado Vargas, según consta de acta de matrimonio No. 20, del Libro de Registro Civil correspondiente. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.