Es por lo que se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente pretensión de conformidad con lo resolución supra señalada y en consecuencia declina la competencia al Juzgado Primero o Segundo de Primero Instancia del Estado Aragua.. a los efectos remítase el presente expediente con oficio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua, a los fines de su Distribución. Respectiva.
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP /bes
EXP.N° 11354
En esta misma fecha se libró oficio remitiendo expediente al juzgado distribuidor
El secretario