DISPOSITIVA
En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana JENNIT ZULEIMA PINTO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 10.363.732 en la Solicitud de Obligación de Manutención, contra el ciudadano JULIO CESAR MARQUEZ MARTINEZ de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.358.659, en beneficio de xxx. Consistente en la retención del Salario y otros beneficios del trabajador; SEGUNDO: Se deja sin efecto la retención acordada en la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de Febrero de 2004, y se ordena librar oficio al Órgano empleador Conduven C.A, a los fines de .....