DISPOSITIVA
Oídas Las Exposiciones De Las Partes, Revisadas Las Actuaciones Que Conforman La Causa N° 8C-24.810-21, Este Tribunal 8° En Función De Control Estadal Del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua, Administrando Justicia En Nombre De LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRIMERO: Se decreta la aprehensión como FLAGRANTE. SEGUNDO: se acuerda la aplicación del procedimiento ORDINARIO de conformidad con el artículo 262 del Código por cuanto aun falta diligencias por practicar. TERCERO: Se acoge la precalificación fiscal por el delito de APROPIACION INDEBIDA previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal .CUARTO: Se decreta Medida Cautelar de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numerales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada (90) días y 9º estar pendiente del proceso QUINTO: Se acuerda la copia solicitada por las parte. Es todo. Expídase po.....