D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: HOMOLOGADA la TRANSACCION manifestada mediante escrito de solicitud, presentado por la Abogada MERLY PALMA ROCCA, titular de la cedula de identidad N° V-9.641.848, Inpreabogado Nº 48.878, actuando en su carácter de apoderada judicial de las SOCIEDADES MERCANTILES INVERSIONES DULI F, C.A Y DULI G, C.A y la ciudadana MARIU SUSANA PIMENTEL ROMERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-13.355.629, correo electrónico mariupimentel@hotmail.com, asistida en este acto por la ciudadana INOVA JOSEFINA ACOSTA.....