DISPOSITIVA
En orden a las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECURSO EXTRAORDINARIO DE INVALIDACIÓN DE SENTENCIA incoado por la ciudadana: EDITH VILLA CAÑON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.172.886, asistida por el Abogado CARLOS CARRASQUEL, Inpreabogado Nº 258.096, contra la ciudadana: NOELVYS OSIRIS PEÑA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.229.865, de conformidad con lo establecido en el artículo 328 ordinal 5º del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SE INVALIDA PARCIALMENTE la sentencia dictada por este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipi.....