este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la ciudadana CARMEN ESTHER VILA DE MARTÍNEZ, antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC, en beneficio de los adolescentes (...), de diecisiete (17) y quince (15) años de edad, respectivamente. Expídanse por secretaría, copias certificadas de las actuaciones, una vez la parte interesada consigne los fotostatos correspondientes. Por último, terminada como se encuentra la presente causa, se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente y su remisión mediante oficio al Archivo Sede de este Circuito Judicial.