PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la INHIBICION propuesta, por el ciudadano abogado PEDRO ANTONIO LINAREZ, en su condición de Juez del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la causa signada con el alfanumérico 3J-2664-16 (Nomenclatura Interna de ese Despacho de Primera Instancia).
SEGUNDO: SE ADMITE Y DECLARA CON LUGAR la Inhibición propuesta por el abogado PEDRO ANTONIO LINAREZ, en su condición de Juez del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en las actuaciones signadas bajo la nomenclatura alfanumérica 3J-2664-16 (Nomenclatura Interna de ese Despacho de Primera Instancia), seguida al ciudadano JUAN ANTONIO GOBEA FRANCISCO, titular de la cedula de identidad N° V-7.996.891, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, de conformidad con lo est.....