En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 1070 de fecha 09/08/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,declara:
PRIMERO: "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por la ciudadana BEATRIZ MARINA REQUENA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.658.313, contra su cónyuge el ciudadanoALEXIS JOSE GUILLEN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.617.103.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído en fechaveintidós(22) de Diciembre de 1989, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot, Estado Aragua, según se evidencia en acta de.....