En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 27/06/2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: INADMISIBLE la calificación de despido interpuesta por la ciudadana RAQUEL VICTORIA MÉNDEZ BERMÚDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.996.949, contra las sociedades mercantiles LOCALIZAME DEL CENTRO, C.A., y COMUNICACIONES ITM, C.A. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.