DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, YAURY MORIEL MUJICA y OSCAR JOSE LUGO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros. 13.125.039 y 6.555.291, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, en fecha treinta y uno (31) de julio de mil novecientos noventa y ocho (1998).-
TERCERO: Líbrese sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, asimismo líbrese sendas copias certificadas a los soli.....