Por las razones anteriormente consideradas, este ente Jurisdiccional, actuando en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la ley, DECLARA SU INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA, para conocer de la presente causa incoada por la ciudadana CARMEN LUISA CORDOVA DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.374.366 y de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio GIOVANNI PERUGINI DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.922.016, inscrito en el IPSA bajo el Nº 47.191 y de este domicilio; y señala expresamente como Tribunal competente al Juzgado Distribuidor de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a quien ordena remitir el presente Expediente. Se acuerda dejar transcurrir el lapso establecido para la regulación de la competencia y una vez vencido deberá remitirse el Expediente al Tribunal señalado como Compe.....