5.- MONTO A PAGAR: Bs.485.511,23 mas intereses de mora, Bs.86.709,76 = Bs.572.220,99
En consecuencia, la suma de los conceptos supra indicados, y establecidos en la sentencia dictada por el Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, arroja un total de QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 572.220,99), monto este que debe pagar la parte demandada a favor de la actora. Así se decide.
No se condena a la demandada al pago de las costas, por no haber resultado totalmente vencida.
En fase de ejecución, se admitirá recurso de apelación, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la presente decisión, de conformidad a lo establecido en el artículo 186 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Audiencias del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, a los dieci.....