HOMOLOGACIÓN DEL JUZGADO. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte en este acto la Homologación de Ley al acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes involucradas en este juicio, dándole el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, relacionados con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo vigente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1.713, 1.717 y 1.718 del Código Civil, 155 y 156 del Código de Procedimiento Civil, conforme a lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja asentado que, visto el carácter positivo de la mediaci.....