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Decisiones del dia 16/12/2011

Formato:  Ficha  Lista

Municipio Bolívar
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 459-2011 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2011
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: JOSE DE JESUS GONZALEZ Y MARIA JUVENCIA ALVARADO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V-8.225.629 Y V-9.253.558, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
D E C I S I O N Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, por los ciudadanos: JOSE DE JESUS GONZALEZ y MARIA JUVENCIA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.225.629 y V-9.253.558, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, realizado por ante la Prefectura del Municipio Bolívar, San Mateo del Estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, llevados por ante esa Prefectura, signada con el numero 127, del año 1.989. Publíquese, regístrese y déjese.....
Juez/Ponente:
Dorys Castillo Toro
Organo:
Municipio Bolívar
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N° Expediente : 462-2011 N° Sentencia : Fecha: 16/12/2011
Procedimiento:
Conflicto Negativo De Competencia
Partes:
PARTE DEMANDANTE: PIETRO BALDINI GIOVANNUCCI PARTE DEMANDADA: MARIA DE LOS REYES MATOS
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con fundamento a lo establecido en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, se declara incompetente por la materia para conocer de la presente causa por tratarse de materia reservada a los juzgados de Primera Instancia Civil, y solicita de oficio la regulación de la competencia, ordenando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 ejusdem, remitir copias certificadas del presente auto que contiene la solicitud oficiosa de regulación de competencia, así como de la demanda y del auto de entrada del Juzgado declinante, al Juzgado Superior Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que en el plazo de diez (10) días y con preferencia a cualquier otro asunto decida respecto a la regulación de la competencia planteada. El hecho de oír la regulación solicitada, no implica la suspensión del presente procedimien.....
Juez/Ponente:
Dorys Castillo Toro
Organo:
Municipio Bolívar
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