Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA, mediante la cual se declara que este Tribunal es incompetente para conocer la presente acción de amparo constitucional, incoado por Marcos Martínez, José Candurín, Nixon Suárez, Osmir Bermúdez, Cruz Manuel Rosal, Zulimar Meneses, Johannys Cabello, David Andrade, Adrían Rosales, Ana María Rámos, Gynasgsibet Andrade y Manuel Antonio Ponte De Freitas, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.